LSNIEG

Artículo 26. Datos Geográficos y del Medio Ambiente

El Subsistema Nacional de Información Geográfica generará datos sobre límites territoriales y recursos naturales. Esto es fundamental para la gestión ambiental y territorial.

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Texto Legal

El Subsistema Nacional de Información Geográfica y del Medio Ambiente, en su componente geográfico, generará como mínimo los siguientes grupos de datos: marco de referencia geodésico; límites costeros, internacionales, de las entidades federativas, municipales y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México; datos de relieve continental, insular y submarino; datos catastrales, topográficos, de recursos naturales y clima, así como nombres geográficos. A este componente también se le denominará Infraestructura de Datos Espaciales de México.

Asimismo, emitirá un mapa oficial de la República Mexicana, que incluya las zonas marinas mexicanas, conforme a lo establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal del Mar, el cual será difundido por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Párrafo adicionado DOF 01-12-2023

LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA Y GEOGRÁFICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Las autoridades competentes en materia de límites territoriales proporcionarán al Instituto la información necesaria para la elaboración del mapa. Los conflictos de límites se resolverán a través de las instancias competentes. Párrafo adicionado DOF 01-12-2023 Artículo reformado DOF 19-01-2018

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La generación de datos geográficos es esencial para la planificación territorial. Los profesionales deben asegurarse de que la información sea precisa y esté actualizada para evitar conflictos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 26 del LSNIEG?

El Subsistema Nacional de Información Geográfica generará datos sobre límites territoriales y recursos naturales. Esto es fundamental para la gestión ambiental y territorial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 26 de la LEY del Sistema Nacional de Información Estadís...?

La generación de datos geográficos es esencial para la planificación territorial. Los profesionales deben asegurarse de que la información sea precisa y esté actualizada para evitar conflictos.

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