El Instituto elaborará indicadores económicos a partir de censos y encuestas en unidades económicas. Esto asegura que la información sea relevante y precisa.
El Instituto elaborará, con la colaboración de las Unidades, los indicadores a que se refiere el artículo anterior a partir de la información básica proveniente de:
I. Los censos nacionales económicos y agropecuarios, o los esquemas alternativos que pudieran adoptarse en el futuro para sustituirlos total o parcialmente;
II. Un sistema integrado de encuestas en unidades económicas, y
III. Los registros administrativos que permitan obtener Información en la materia.
SECCIÓN III Del Subsistema Nacional de Información Geográfica y del Medio Ambiente
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La elaboración de indicadores económicos requiere un enfoque metódico. Los profesionales deben estar atentos a las fuentes de datos y su validez para garantizar resultados confiables.
Anterior
Art. 24. Indicadores Clave Económicos
Siguiente
Art. 26. Datos Geográficos y del Medio Ambiente
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo