Las sanciones para servidores públicos de las Unidades por infracciones incluyen multas que varían según la falta cometida. Esto refuerza la responsabilidad en el manejo de información.
Las infracciones a lo dispuesto por el artículo 104 de esta Ley, tratándose de servidores públicos de las Unidades, serán sancionadas con multa de:
I. Para las establecidas en las fracciones I, II y III, de 500 hasta 10,000 salarios;
LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA Y GEOGRÁFICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
II. Para la establecida en la fracción IV, de 200 hasta 500 salarios, y
III. Para las establecidas en las fracciones V y VI, de 500 hasta 1,000 salarios.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La claridad en las sanciones para servidores públicos es crucial para fomentar la responsabilidad y el cumplimiento de las normativas establecidas en la Ley.
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