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Artículo 34. Nombramiento temporal en emergencias

En situaciones excepcionales, se podrá autorizar el nombramiento temporal de servidores públicos sin seguir el procedimiento habitual. Esto se hará bajo la responsabilidad del titular de la dependencia.

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Texto Legal

En casos excepcionales y cuando peligre o se altere el orden social, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del país, como consecuencia de desastres producidos por fenómenos naturales, por caso fortuito o de fuerza mayor o existan circunstancias que puedan provocar pérdidas o costos adicionales importantes, los titulares de las dependencias o el Oficial Mayor respectivo u homólogo, bajo su responsabilidad, podrán autorizar el nombramiento temporal para ocupar un puesto, una vacante o una plaza de nueva creación, considerado para ser ocupado por cualquier servidor público, sin necesidad de sujetarse al procedimiento de reclutamiento y selección a que se refiere esta Ley. Este personal no creará derechos respecto al ingreso al Sistema.

Una vez emitida la autorización deberá hacerse de conocimiento de la Secretaría en un plazo no mayor de quince días hábiles, informando las razones que justifiquen el ejercicio de esta atribución y la temporalidad de la misma.

Capítulo Cuarto Del Subsistema de Desarrollo Profesional

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo permite flexibilidad en situaciones críticas, pero es importante que las dependencias actúen con responsabilidad y justifiquen sus decisiones ante la Secretaría.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 34 del 260?

En situaciones excepcionales, se podrá autorizar el nombramiento temporal de servidores públicos sin seguir el procedimiento habitual. Esto se hará bajo la responsabilidad del titular de la dependencia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 34 de la LEY del Servicio Profesional de Carrera en la A...?

Este artículo permite flexibilidad en situaciones críticas, pero es importante que las dependencias actúen con responsabilidad y justifiquen sus decisiones ante la Secretaría.

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