260

Artículo 35. Desarrollo profesional de servidores

El Desarrollo Profesional permite a los servidores públicos de carrera ocupar plazas vacantes de mayor jerarquía basándose en el mérito. Este proceso es clave para el crecimiento profesional.

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Texto Legal

Desarrollo Profesional es el proceso mediante el cual los servidores públicos de carrera con base en el mérito podrán ocupar plazas vacantes de igual o mayor jerarquía, en cualquier dependencia o en las entidades públicas y en las instituciones con las cuales exista convenio para tal propósito.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los servidores deben estar atentos a las oportunidades de desarrollo profesional y prepararse para competir por plazas de mayor jerarquía. La capacitación continua es esencial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 35 del 260?

El Desarrollo Profesional permite a los servidores públicos de carrera ocupar plazas vacantes de mayor jerarquía basándose en el mérito. Este proceso es clave para el crecimiento profesional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 35 de la LEY del Servicio Profesional de Carrera en la A...?

Los servidores deben estar atentos a las oportunidades de desarrollo profesional y prepararse para competir por plazas de mayor jerarquía. La capacitación continua es esencial.

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