Los conscriptos que no se presenten a la autoridad dentro del plazo establecido sin causa justificada serán castigados con prisión. Esto subraya la importancia de cumplir con las obligaciones militares.
Todo el que inscrito en las listas del contingente destinado a formar parte del activo, y hecha la publicación en el lugar de su residencia o por medio de citas, no se presente a la autoridad respectiva sin causa justificada dentro de los tres días siguientes al plazo establecido, será castigado con treinta días de prisión.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los abogados deben asesorar a sus clientes sobre la importancia de cumplir con los plazos de presentación, ya que la falta de cumplimiento puede resultar en sanciones severas.
Anterior
Art. 52. Exención de Médicos del Servicio Militar
Siguiente
Art. 54. Castigo por ocultar prófugos
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo