Los médicos que realicen reconocimientos médicos durante períodos específicos quedan exentos de otros servicios militares. Esto permite que se concentren en sus funciones de salud.
Los médicos de que habla el artículo 48 durante los períodos que el Reglamento de esta Ley determine para que tengan lugar los reconocimientos médicos quedarán exentos de todo otro servicio militar.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante que los médicos conozcan sus derechos y obligaciones en relación con la exención, para evitar conflictos en su práctica profesional.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo