LSM

Artículo 51. Penas por Abstención y Fraude

Los jóvenes que se abstengan de comparecer o que cometan fraude en el proceso de reclutamiento enfrentarán penas de prisión. Esto refuerza la seriedad del cumplimiento de la ley.

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Texto Legal

Se consignará a los mismos tribunales y tendrán la misma pena que la expresada en el artículo anterior:

I.- Los jóvenes de edad militar que sin causa justificada se abstengan de comparecer ante las Juntas u Oficinas de Reclutamiento respectivas;

II.- Los que fraudulentamente se hagan exceptuar por las Juntas u Oficinas de Reclutamiento respectivas, sin perjuicio de las penas que por falsedad les correspondan;

III.- Los miembros de las Juntas u Oficinas de Reclutamiento que por medios ilícitos ayuden a uno o varios jóvenes de edad militar a librarse de la inscripción, del sorteo, o a conseguir una excepción injustificada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los contadores y abogados deben estar atentos a las implicaciones legales de la abstención y el fraude en el reclutamiento, ya que pueden tener repercusiones graves para los involucrados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 51 del LSM?

Los jóvenes que se abstengan de comparecer o que cometan fraude en el proceso de reclutamiento enfrentarán penas de prisión. Esto refuerza la seriedad del cumplimiento de la ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 51 de la LEY del Servicio Militar?

Los contadores y abogados deben estar atentos a las implicaciones legales de la abstención y el fraude en el reclutamiento, ya que pueden tener repercusiones graves para los involucrados.

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