El Secretario de la Defensa Nacional puede llamar a reservistas para ejercicios o maniobras, por el tiempo necesario para tales fines.
El Secretario de la Defensa Nacional podrá llamar una o varias clases de reservistas, en su totalidad o en parte, para ejercicios, para maniobras o simplemente para comprobar la presencia de tales reservistas, solamente por el término indispensable para tales fines.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La convocatoria de reservistas para ejercicios es común y debe ser gestionada adecuadamente. Los asesores deben ayudar a los reservistas a entender sus derechos durante estos llamados.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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