Patrones y otras entidades deben exigir a los individuos con obligaciones militares que cumplan y presentarlos ante las Juntas Municipales de Reclutamiento.
Los patrones, sindicatos, uniones, comisariados ejidales, padres, tutores y además toda persona moral o física de quienes dependan económicamente individuos con obligaciones militares, deberán exigirles que cumplan con éstas y, en su defecto, inscribirlos y presentarlos ante las Juntas Municipales de Reclutamiento.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo es crucial para entender la responsabilidad de los patrones en el cumplimiento del servicio militar. Los abogados deben asesorar a las empresas sobre sus obligaciones legales en este contexto.
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