LSE

Artículo 44. Responsabilidad de la red

La Transportista y la Distribuidora son responsables de la Red Nacional de Transmisión y las Redes Generales de Distribución, operando bajo las instrucciones del CENACE para garantizar la confiabilidad del sistema eléctrico.

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Texto Legal

La Transportista y la Distribuidora son responsables de la Red Nacional de Transmisión y las Redes Generales de Distribución, respectivamente, y operan sus redes conforme a las instrucciones del CENACE, quien debe priorizar el uso de estas redes para garantizar la Confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional. Para el mantenimiento de la Red Nacional de Transmisión y de los elementos de las Redes Generales de Distribución que correspondan al Mercado Eléctrico Mayorista, la Transportista y la Distribuidora se deben sujetar a la coordinación y a las instrucciones del CENACE.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es esencial que las empresas conozcan las responsabilidades de la Transportista y Distribuidora para entender el marco operativo del sistema eléctrico.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 44 del LSE?

La Transportista y la Distribuidora son responsables de la Red Nacional de Transmisión y las Redes Generales de Distribución, operando bajo las instrucciones del CENACE para garantizar la confiabilidad del sistema eléctrico.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 44 de la LEY del Sector Eléctrico?

Es esencial que las empresas conozcan las responsabilidades de la Transportista y Distribuidora para entender el marco operativo del sistema eléctrico.

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