LSE

Artículo 33. Lineamientos de permisos

Los lineamientos para otorgar permisos de generación para autoconsumo deben seguir el reglamento y disposiciones de la Secretaría o la CNE. La separación legal no aplica en el autoconsumo interconectado.

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Texto Legal

Los lineamientos para el otorgamiento de permisos de generación para el autoconsumo aislado y autoconsumo interconectado deben ser conforme al Reglamento y las disposiciones administrativas de carácter general que al respecto emita la Secretaría o la CNE, según corresponda. En la modalidad de autoconsumo interconectado no aplica la separación legal, ni las reglas a que se refiere el artículo 8 de esta Ley. El uso de Redes Particulares para el autoconsumo debe realizarse en términos del Reglamento y las disposiciones administrativas que al respecto emita la Secretaría o la CNE, según corresponda.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante que los solicitantes de permisos se mantengan informados sobre las actualizaciones en los lineamientos para evitar retrasos en sus proyectos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 33 del LSE?

Los lineamientos para otorgar permisos de generación para autoconsumo deben seguir el reglamento y disposiciones de la Secretaría o la CNE. La separación legal no aplica en el autoconsumo interconectado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 33 de la LEY del Sector Eléctrico?

Es importante que los solicitantes de permisos se mantengan informados sobre las actualizaciones en los lineamientos para evitar retrasos en sus proyectos.

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