LSE

Artículo 102. Entrega de documentos a la Secretaría

Es obligatorio que las partes entreguen a la Secretaría copias de los acuerdos alcanzados. Esto asegura la transparencia y el cumplimiento de las disposiciones legales.

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Texto Legal

La Empresa Pública del Estado o la persona interesada deben entregar a la Secretaría una copia de los documentos en los que consten los acuerdos alcanzados mediante negociación o las medidas decretadas por los tribunales competentes, conforme a este Capítulo. Las dependencias mencionadas en el presente Capítulo pueden celebrar los convenios de colaboración y coordinación que requieran para el cumplimiento de sus atribuciones.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La entrega oportuna de documentos es crucial para mantener un registro claro de los acuerdos y cumplir con las obligaciones legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 102 del LSE?

Es obligatorio que las partes entreguen a la Secretaría copias de los acuerdos alcanzados. Esto asegura la transparencia y el cumplimiento de las disposiciones legales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 102 de la LEY del Sector Eléctrico?

La entrega oportuna de documentos es crucial para mantener un registro claro de los acuerdos y cumplir con las obligaciones legales.

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