Las partes pueden continuar negociando en cualquier momento, incluso después de un acuerdo inicial. Esto permite flexibilidad en el proceso de negociacion.
Lo dispuesto en los artículos anteriores no es impedimento para que las partes continúen sus negociaciones y alcancen un acuerdo en cualquier momento, debiendo cumplir con lo dispuesto en esta Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Mantener abiertas las lineas de comunicacion puede ser beneficioso para resolver diferencias y alcanzar un acuerdo final satisfactorio.
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Art. 100. Determinacion de contraprestacion
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