LMV

Artículo 326. Codigo de conducta proveedores precios

Obliga a proveedores de precios a contar con codigo de conducta que rija actuacion de sociedad, consejeros y directivos involucrados en valuacion. CNBV puede establecer requisitos minimos.

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Texto Legal

Los proveedores de precios deberán contar con un código de conducta que rija la actuación de la propia sociedad, así como de los consejeros y demás directivos involucrados en el proceso de cálculo, determinación y proveeduría o suministro de precios actualizados.

La Comisión podrá establecer, mediante disposiciones de carácter general, requisitos mínimos que deberán contemplar los proveedores de precios en la elaboración del código de conducta a que se refiere este artículo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El codigo debe ser integral y abarcar todos los actores del proceso. CNBV emitira directrices sobre requisitos minimos. Este documento es auditado regularmente y su incumplimiento es causa de sanciones graves.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 326 del LMV?

Obliga a proveedores de precios a contar con codigo de conducta que rija actuacion de sociedad, consejeros y directivos involucrados en valuacion. CNBV puede establecer requisitos minimos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 326 de la LEY del Mercado de Valores?

El codigo debe ser integral y abarcar todos los actores del proceso. CNBV emitira directrices sobre requisitos minimos. Este documento es auditado regularmente y su incumplimiento es causa de sanciones graves.

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