Detalla trece facultades indelegables de la Junta Directiva incluyendo establecer politicas, aprobar programas, autorizar presupuestos, fijar cuotas de servicios y aprobar estados financieros.
La Junta Directiva tendrá las siguientes facultades indelegables:
I. Establecer, en congruencia con los programas sectoriales, las políticas generales y prioridades a las que deberá sujetarse el Instituto, relativas a la productividad, comercialización de servicios, investigación y administración general;
II. Aprobar los programas y acciones que garanticen la correcta instrumentación y ejecución de la política nacional de juventud; Fracción adicionada DOF 05-08-2011
III. Autorizar los presupuestos del Instituto, así como sus modificaciones, en los términos de la legislación aplicable; Fracción reformada y recorrida DOF 05-08-2011
IV. Fijar las bases así como los montos mínimos, máximos y actualizaciones de las cuotas de recuperación por los servicios que preste el Instituto; Fracción recorrida DOF 05-08-2011
V. Expedir las normas generales para que el Director General pueda disponer, cuando fuere necesario, de los activos fijos del Instituto que no correspondan al objeto del mismo; Fracción recorrida DOF 05-08-2011
VI. Aprobar cada año los estados financieros del Instituto y autorizar su publicación, previo informe de los comisarios y el dictamen de los auditores externos;
LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 01-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Fracción recorrida DOF 05-08-2011
VII. Aprobar, de acuerdo con las disposiciones legales, la elaboración de las políticas, bases y programas generales que regulen los convenios, contratos, pedidos o acuerdos que deba celebrar el Instituto con terceros en materia de obras públicas, adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios; Fracción recorrida DOF 05-08-2011
VIII. Establecer, con sujeción a las disposiciones legales, las normas necesarias para la adquisición, arrendamiento y enajenación de inmuebles que el Instituto requiera, con excepción de aquellos de su propiedad que la Ley General de Bienes Nacionales considere del dominio público de la Federación; Fracción recorrida DOF 05-08-2011
IX. Constituir comités de apoyo y determinar sus bases de funcionamiento; Fracción recorrida DOF 05-08-2011
X. Designar y remover, a propuesta del Director General, a los servidores públicos de los dos niveles administrativos inferiores al de aquél, así como concederles licencias; Fracción recorrida DOF 05-08-2011
XI. Designar y remover, a propuesta de su Presidente, al Secretario y al Prosecretario; Fracción recorrida DOF 05-08-2011
XII. Aprobar el Estatuto Orgánico del Instituto y el proyecto de estructura orgánica previa opinión de las dependencias competentes; así el Manual de Organización General y los correspondientes de Procedimientos y Servicios al Público del Instituto; Fracción recorrida DOF 05-08-2011
XIII. Analizar y, en su caso, aprobar los informes periódicos que rinda el Director General, con la intervención que corresponda al Comisario. Fracción recorrida DOF 05-08-2011
XIV. Aprobar las normas y bases para la cancelación de adeudos a favor del Instituto y con cargo a terceros, cuando fuere notoria la imposibilidad practica de su cobro, informando lo conducente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto de la Secretaría de Bienestar, y Fracción recorrida DOF 05-08-2011. Reformada DOF 02-04-2015, 23-03-2022
XV. Las demás que, con el carácter de indelegables, se le atribuyan en los términos de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y otras disposiciones legales aplicables. Fracción recorrida DOF 05-08-2011
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El caracter indelegable de estas facultades significa que solo la Junta Directiva puede decidirlas formalmente. La aprobacion de presupuestos y estados financieros son responsabilidades clave de cumplimiento auditorial. Revisar que consten actas de sesion documentando estas decisiones.
Anterior
Art. 8. Integracion Junta Directiva diecisiete
Siguiente
Art. 10. Sesiones Junta Directiva quorum
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo