LIMJ

Artículo 9. Facultades indelegables Junta Directiva

Detalla trece facultades indelegables de la Junta Directiva incluyendo establecer politicas, aprobar programas, autorizar presupuestos, fijar cuotas de servicios y aprobar estados financieros.

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Texto Legal

La Junta Directiva tendrá las siguientes facultades indelegables:

I. Establecer, en congruencia con los programas sectoriales, las políticas generales y prioridades a las que deberá sujetarse el Instituto, relativas a la productividad, comercialización de servicios, investigación y administración general;

II. Aprobar los programas y acciones que garanticen la correcta instrumentación y ejecución de la política nacional de juventud; Fracción adicionada DOF 05-08-2011

III. Autorizar los presupuestos del Instituto, así como sus modificaciones, en los términos de la legislación aplicable; Fracción reformada y recorrida DOF 05-08-2011

IV. Fijar las bases así como los montos mínimos, máximos y actualizaciones de las cuotas de recuperación por los servicios que preste el Instituto; Fracción recorrida DOF 05-08-2011

V. Expedir las normas generales para que el Director General pueda disponer, cuando fuere necesario, de los activos fijos del Instituto que no correspondan al objeto del mismo; Fracción recorrida DOF 05-08-2011

VI. Aprobar cada año los estados financieros del Instituto y autorizar su publicación, previo informe de los comisarios y el dictamen de los auditores externos;

LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 01-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Fracción recorrida DOF 05-08-2011

VII. Aprobar, de acuerdo con las disposiciones legales, la elaboración de las políticas, bases y programas generales que regulen los convenios, contratos, pedidos o acuerdos que deba celebrar el Instituto con terceros en materia de obras públicas, adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios; Fracción recorrida DOF 05-08-2011

VIII. Establecer, con sujeción a las disposiciones legales, las normas necesarias para la adquisición, arrendamiento y enajenación de inmuebles que el Instituto requiera, con excepción de aquellos de su propiedad que la Ley General de Bienes Nacionales considere del dominio público de la Federación; Fracción recorrida DOF 05-08-2011

IX. Constituir comités de apoyo y determinar sus bases de funcionamiento; Fracción recorrida DOF 05-08-2011

X. Designar y remover, a propuesta del Director General, a los servidores públicos de los dos niveles administrativos inferiores al de aquél, así como concederles licencias; Fracción recorrida DOF 05-08-2011

XI. Designar y remover, a propuesta de su Presidente, al Secretario y al Prosecretario; Fracción recorrida DOF 05-08-2011

XII. Aprobar el Estatuto Orgánico del Instituto y el proyecto de estructura orgánica previa opinión de las dependencias competentes; así el Manual de Organización General y los correspondientes de Procedimientos y Servicios al Público del Instituto; Fracción recorrida DOF 05-08-2011

XIII. Analizar y, en su caso, aprobar los informes periódicos que rinda el Director General, con la intervención que corresponda al Comisario. Fracción recorrida DOF 05-08-2011

XIV. Aprobar las normas y bases para la cancelación de adeudos a favor del Instituto y con cargo a terceros, cuando fuere notoria la imposibilidad practica de su cobro, informando lo conducente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto de la Secretaría de Bienestar, y Fracción recorrida DOF 05-08-2011. Reformada DOF 02-04-2015, 23-03-2022

XV. Las demás que, con el carácter de indelegables, se le atribuyan en los términos de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y otras disposiciones legales aplicables. Fracción recorrida DOF 05-08-2011

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El caracter indelegable de estas facultades significa que solo la Junta Directiva puede decidirlas formalmente. La aprobacion de presupuestos y estados financieros son responsabilidades clave de cumplimiento auditorial. Revisar que consten actas de sesion documentando estas decisiones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del LIMJ?

Detalla trece facultades indelegables de la Junta Directiva incluyendo establecer politicas, aprobar programas, autorizar presupuestos, fijar cuotas de servicios y aprobar estados financieros.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la LEY del Instituto Mexicano de la Juventud?

El caracter indelegable de estas facultades significa que solo la Junta Directiva puede decidirlas formalmente. La aprobacion de presupuestos y estados financieros son responsabilidades clave de cumplimiento auditorial. Revisar que consten actas de sesion documentando estas decisiones.

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