LIMJ

Artículo 10. Sesiones Junta Directiva quorum

Establece que la Junta sesiona ordinariamente minimo cuatro veces anuales y extraordinariamente cuando se convoque, con quorum de mitad mas uno de miembros y resoluciones por mayoria simple.

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Texto Legal

La Junta Directiva celebrará sesiones ordinarias, por lo menos cuatro veces por año, y las extraordinarias que convoque su Presidente.

La Junta Directiva sesionará válidamente con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros. Las resoluciones se tomarán por mayoría de los miembros presentes y el Presidente tendrá voto de calidad en caso de empate.

Asistirán a las sesiones de la Junta Directiva con voz pero sin voto: el Director General del Instituto, el Secretario, el Prosecretario y el Comisario.

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Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El quorum requerido es importante para validar decisiones. Las actas de sesion deben documentar asistencia, mociones y votos. Verifique que el Presidente ejercio correctamente su voto de calidad en empates.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 10 del LIMJ?

Establece que la Junta sesiona ordinariamente minimo cuatro veces anuales y extraordinariamente cuando se convoque, con quorum de mitad mas uno de miembros y resoluciones por mayoria simple.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 10 de la LEY del Instituto Mexicano de la Juventud?

El quorum requerido es importante para validar decisiones. Las actas de sesion deben documentar asistencia, mociones y votos. Verifique que el Presidente ejercio correctamente su voto de calidad en empates.

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