Integra el Organo de Vigilancia por un Comisario Publico propietario y suplente designados por Secretaria de la Funcion Publica con facultades de supervision conforme Ley Federal Entidades Paraestatales.
El Órgano de Vigilancia del Instituto estará integrado por un Comisario Público propietario y un suplente, quienes serán designados por la Secretaría de la Función Pública, quienes ejercerán las facultades que les confiere el Capítulo VI de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Artículo reformado DOF 05-08-2011, 09-04-2012
Capítulo III Del Consejo de Seguimiento de Proyectos y Programas
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El Comisario Publico actua como supervisor externo independiente. Participa en sesiones de Junta Directiva. Es importante que presente reportes de auditoria regularmente y que el Instituto responda a sus observaciones.
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Art. 13. Organo Interno Control independencia
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Art. 15. Consejo ciudadano seguimiento politicas
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