LISSSTE

Artículo 96. Suspension de Pensión Garantizada

La Pensión Garantizada se suspenderá si el pensionado reingresa a un trabajo bajo el régimen obligatorio. Además, no podrá recibir otra pensión de igual naturaleza.

suspensionpensiontrabajo

Texto Legal

El pago de la Pensión Garantizada será suspendido cuando el Pensionado reingrese a un trabajo sujeto al régimen obligatorio de esta Ley o de la Ley del Seguro Social.

El Pensionado por cesantía en edad avanzada o vejez que disfrute de una Pensión Garantizada no podrá recibir otra de igual naturaleza.

La Pensión que corresponda a los Familiares Derechohabientes del Pensionado fallecido, se entregará a éstos aun cuando estuvieran gozando de otra Pensión de cualquier naturaleza.

Sección V De la Cuenta Individual

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es crucial que los pensionados conozcan las implicaciones de reingresar al trabajo, ya que esto puede afectar su pensión. Se sugiere consultar con un abogado antes de tomar decisiones laborales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 96 del LISSSTE?

La Pensión Garantizada se suspenderá si el pensionado reingresa a un trabajo bajo el régimen obligatorio. Además, no podrá recibir otra pensión de igual naturaleza.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 96 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Soci...?

Es crucial que los pensionados conozcan las implicaciones de reingresar al trabajo, ya que esto puede afectar su pensión. Se sugiere consultar con un abogado antes de tomar decisiones laborales.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 96 del LISSSTE?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 96 LISSSTE desde tu celular