La Pensión por invalidez no se otorgará si la invalidez se origina en estado de embriaguez, uso de drogas, lesiones intencionales, entre otros. Estas causas son importantes para la evaluación de solicitudes.
No se concederá la Pensión por invalidez:
I. Si la invalidez se origina encontrándose el Trabajador en estado de embriaguez;
II. Si la invalidez ocurre encontrándose el Trabajador bajo la acción de algún narcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción médica y que el Trabajador hubiese puesto el hecho en conocimiento del jefe inmediato presentándole la prescripción suscrita por el médico;
III. Si el Trabajador se ocasiona intencionalmente una lesión por sí o de acuerdo con otra persona;
IV. Si la invalidez es resultado de un intento de suicidio o efecto de una riña, en que hubiere participado el Trabajador u originados por algún delito cometido por éste, y
V. Cuando el estado de invalidez sea anterior a la fecha del nombramiento del Trabajador.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es esencial que los trabajadores conozcan las causas que pueden impedir la concesión de la Pensión por invalidez para evitar sorpresas al momento de solicitarla.
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