Este artículo aclara qué familiares quedan excluidos de recibir pensiones, salvo algunas excepciones. Esto es importante para la correcta interpretación de los derechos de los beneficiarios.
Los familiares mencionados en cada una de las fracciones del artículo anterior, excluyen a los comprendidos en las siguientes, salvo los casos de los padres, los cuales pueden concurrir con los familiares señalados en las fracciones I y II, siempre que demuestren su dependencia económica con el militar. Artículo reformado DOF 20-11-2008
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los profesionales deben estar atentos a las exclusiones para asesorar adecuadamente a los familiares sobre sus derechos y evitar malentendidos en la gestión de pensiones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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