El artículo describe cómo probar la muerte de un militar por lesiones sufridas en otros actos del servicio, incluyendo actas de averiguación y certificados de autopsia. Se enfatiza la necesidad de documentación oficial.
La muerte por lesiones sufridas en otros actos del servicio será probada:
I. Con acta que se levante en averiguación de los hechos o con copia de las diligencias practicadas por la autoridad que haya conocido de los mismos;
II. Con el certificado de autopsia y dictamen médico de relación de causalidad; Fracción reformada DOF 20-11-2008
III. Con certificado que acredite el servicio que desempeñaba el militar al recibir las lesiones, expedido por el Comandante de quien dependiere;
IV. Con el acta de defunción expedida por el Registro Civil, y
V. A falta de los documentos a que se refieren las cuatro fracciones anteriores, con las demás pruebas que establece el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. Fracción reformada DOF 14-11-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La correcta documentación es clave en estos casos, y los abogados deben asegurarse de que se obtengan todos los certificados necesarios para evitar complicaciones en los reclamos.
Anterior
Art. 166. Prueba de muerte por acción de armas
Siguiente
Art. 168. Prueba de muerte por atención médica
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo