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Artículo 61. Responsabilidades de servidores publicos

Aplica la Ley Federal de Responsabilidades de Servidores Publicos a la Junta de Gobierno y personal del Banco, administrada por una Comision de Responsabilidades integrada por miembros designados. Requiere declaraciones de situacion patrimonial para miembros de Junta y personal de nivel subgerente o superior.

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Texto Legal

La Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, será aplicable a los miembros de la Junta de Gobierno y al personal del Banco, con sujeción a lo siguiente:

I. La aplicación de dicha Ley y el proveer a su estricta observancia, salvo en lo tocante al Juicio Político al que podrán ser sujetos los integrantes de la Junta de Gobierno, competerán a una Comisión de Responsabilidades integrada por el miembro de la Junta de Gobierno que ésta designe y por los titulares de las áreas jurídica y de contraloría del Banco.

Tratándose de infracciones cometidas por miembros de la Junta de Gobierno o por funcionarios que ocupen puestos comprendidos en los tres niveles más altos del personal, será la Junta de Gobierno quien determine la responsabilidad que resulte e imponga la sanción correspondiente, a cuyo efecto la Comisión de Responsabilidades le turnará el expediente respectivo, y

II. Las personas sujetas a presentar declaración de situación patrimonial, serán los miembros de la Junta de Gobierno y quienes ocupen en la Institución puestos de subgerente o superior, así como aquéllas que por la naturaleza de sus funciones se señalen en el Reglamento Interior. Esta declaración deberá presentarse ante la contraloría del Banco, quien llevará el registro y seguimiento de la evolución de la mencionada situación patrimonial, informando a la Comisión de Responsabilidades o a la Junta de Gobierno, según corresponda, las observaciones que, en su caso, resulten de dicho seguimiento.

Contra las resoluciones a que se refiere este artículo no procederá medio de defensa alguno ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. LEY DEL BANCO DE MÉXICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 10-01-2014 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Párrafo reformado DOF 31-12-2000

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo establece un sistema de rendicion de cuentas interno al Banco. Las declaraciones patrimoniales son obligatorias y monitoreadas por contraloría, lo que implica obligaciones de transparencia y documentacion rigurosa para auditorías internas y externas del personal de confianza.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 61 del 74?

Aplica la Ley Federal de Responsabilidades de Servidores Publicos a la Junta de Gobierno y personal del Banco, administrada por una Comision de Responsabilidades integrada por miembros designados. Requiere declaraciones de situacion patrimonial para miembros de Junta y personal de nivel subgerente o superior.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 61 de la LEY del Banco de México?

Este articulo establece un sistema de rendicion de cuentas interno al Banco. Las declaraciones patrimoniales son obligatorias y monitoreadas por contraloría, lo que implica obligaciones de transparencia y documentacion rigurosa para auditorías internas y externas del personal de confianza.

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