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Artículo 35. Determinacion de tipos de cambio

Faculta al Banco de Mexico para expedir disposiciones que determinen el o los tipos de cambio para convertir moneda extranjera a nacional en obligaciones de pago. Permite fijar tipos de cambio para operaciones de adquisicion de divisas.

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Texto Legal

El Banco de México expedirá las disposiciones conforme a las cuales se determine el o los tipos de cambio a que deba calcularse la equivalencia de la moneda nacional para solventar obligaciones de pago en moneda extranjera, contraídas dentro o fuera de la República para ser cumplidas en ésta. También podrá determinar los tipos de cambio aplicables a las operaciones por las que se adquieran divisas contra entrega de moneda nacional, siempre que ambas o alguna de estas prestaciones se cumpla en territorio nacional. LEY DEL BANCO DE MÉXICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 10-01-2014 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El Banxico es la autoridad que fija tipos de cambio para efectos legales en Mexico. Esta disposicion es fundamental porque todos los contadores deben usar los tipos publicados por Banxico en el DOF para convertir obligaciones en moneda extranjera.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 35 del 74?

Faculta al Banco de Mexico para expedir disposiciones que determinen el o los tipos de cambio para convertir moneda extranjera a nacional en obligaciones de pago. Permite fijar tipos de cambio para operaciones de adquisicion de divisas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 35 de la LEY del Banco de México?

El Banxico es la autoridad que fija tipos de cambio para efectos legales en Mexico. Esta disposicion es fundamental porque todos los contadores deben usar los tipos publicados por Banxico en el DOF para convertir obligaciones en moneda extranjera.

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