Multas por infracciones de transito en caminos y puentes federales se destinan a Seguridad Publica para operacion e inversion, con veinte por ciento minimo a prevencion del delito. Financiamiento de seguridad.
Los ingresos derivados por concepto de multas impuestas por infringir disposiciones legales o reglamentarias en materia de tránsito en caminos y puentes federales, se destinarán a la Secretaría de Seguridad Pública para cubrir gastos de operación e inversión en programas vinculados a la propia seguridad pública y de manera específica se destinará el 20% del total a prevención del delito. Artículo adicionado DOF 25-10-2005
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo que vincula infracciones con financiamiento de seguridad. Aunque referido a transito, conecta con competencia de la Secretaria sobre vias de comunicacion. Las empresas transportistas deben presupuestar estas multas como costo operativo potencial.
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