LVGC

Artículo 591. Obligacion de denunciar violaciones de Ley

Cualquier persona fisica o moral debe reportar violaciones de la Ley a autoridades competentes. Si se presume delito, se remite a autoridad ministerial. Establece participacion ciudadana en cumplimiento.

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Texto Legal

Toda persona física o moral deberá hacer del conocimiento de la autoridad competente, cualquier violación de esta Ley. Si de las verificaciones practicadas, se presume que el hecho denunciado pudiera constituir delito, se dará la intervención a la autoridad ministerial. Artículo reformado DOF 09-04-2012, 16-07-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo que crea obligacion activa de reporte. Las empresas de correos y transporte deben establecer canales internos para reportes de irregularidades. El incumplimiento podria generar responsabilidad administrativa para la institucion. Recomendable documentar todas las denuncias realizadas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 591 del LVGC?

Cualquier persona fisica o moral debe reportar violaciones de la Ley a autoridades competentes. Si se presume delito, se remite a autoridad ministerial. Establece participacion ciudadana en cumplimiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 591 de la LEY de Vías Generales de Comunicación?

Articulo que crea obligacion activa de reporte. Las empresas de correos y transporte deben establecer canales internos para reportes de irregularidades. El incumplimiento podria generar responsabilidad administrativa para la institucion. Recomendable documentar todas las denuncias realizadas.

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