Primera utilizacion indebida de timbres postales cancelados incurre en multa equivalente a diez veces el franqueo correspondiente. Reincidencia se sanciona con prision de uno a tres anos conforme al articulo 581.
El que indebidamente y por una sola vez utilice timbres postales ya cancelados en el pago del franqueo o derechos postales, pagará al Correo una cantidad equivalente al décuplo del franqueo correspondiente. En caso de reincidencia, se le aplicará la pena que establece el artículo anterior.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Proporciona un mecanismo alternativo a prision para primera ofensa, pero establece escalamiento de sanciones. Las empresas de mensajeria deben implementar controles internos para detectar reutilizacion intencional de timbres con el fin de evitar estas penalidades.
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Art. 581. Penalidad por reutilizacion de timbres postales
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