LVGC

Artículo 573. Transporte correspondencia sin autorizacion

Multa de 25 a 100 pesos o carcel de 8 dias a 1 mes a quien indebidamente y no de forma habitual realice transporte o distribucion de correspondencia reservado al Gobierno Federal.

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Texto Legal

Se impondrá multa de veinticinco a cien pesos o prisión de ocho días a un mes, al que indebidamente y no de manera habitual, realice el servicio de transporte o distribución de correspondencia reservado al Gobierno Federal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Norma historica; multas muy bajas por inflacion. Aplica solo a empresas ocasionales de envios; empresas modernas de logistica operan bajo licencias comerciales diferentes, no bajo esta prohibicion de actividad habitual.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 573 del LVGC?

Multa de 25 a 100 pesos o carcel de 8 dias a 1 mes a quien indebidamente y no de forma habitual realice transporte o distribucion de correspondencia reservado al Gobierno Federal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 573 de la LEY de Vías Generales de Comunicación?

Norma historica; multas muy bajas por inflacion. Aplica solo a empresas ocasionales de envios; empresas modernas de logistica operan bajo licencias comerciales diferentes, no bajo esta prohibicion de actividad habitual.

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