Castiga con 1 a 3 anos de carcel y multa de 50 a 5,000 pesos a empresario que establezca o desempene transporte de correspondencia reservado al Gobierno, o explote servicios postales por sistemas electricos reservados.
Al que indebidamente y con el carácter de empresario establezca o desempeñe el transporte o distribución a que se refiere el artículo anterior, se le impondrán de uno a tres años de prisión y multa de cincuenta a cinco mil pesos. En la misma pena incurrirá quien indebidamente explote servicios públicos de correspondencia por los sistemas de comunicación eléctrica que están reservados exclusivamente al Gobierno Federal.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Delito grave dirigido a empresas que compiten con servicios postales federales. Abogados deben validar que clientes de logistica tengan permisos explicithos; operacion en 'grieta legal' como empresario independiente conlleva riesgo penal serio.
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