LVGC

Artículo 530. Multa por error en aplicacion de tarifas

Obliga a devolver lo cobrado indebidamente en caso de errores de tarifa. Si se rehusa, multa de 1 a 25 veces UMA anual.

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Texto Legal

En los casos de errores en la aplicación de las tarifas, las personas físicas o morales están obligadas a devolver lo que hayan cobrado indebidamente y si se rehusaren a hacerlo, se les impondrá multa de 1 a 25 veces el valor de la UMA anual. Artículo reformado DOF 09-04-2012, 16-07-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El deber de devolucion es anterior a la multa. Una refusa deliberada puede configurar delito adicional. Las empresas deben tener procedimientos claros para identificar y corregir errores tarifarios rapidamente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 530 del LVGC?

Obliga a devolver lo cobrado indebidamente en caso de errores de tarifa. Si se rehusa, multa de 1 a 25 veces UMA anual.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 530 de la LEY de Vías Generales de Comunicación?

El deber de devolucion es anterior a la multa. Una refusa deliberada puede configurar delito adicional. Las empresas deben tener procedimientos claros para identificar y corregir errores tarifarios rapidamente.

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