Las empresas de vias generales no pueden colocar obstaculos que estorben el uso publico de calles y plazas en zonas urbanizadas. Se prohibe la construccion de estaciones radiodifusoras dentro de poblaciones salvo convenios internacionales.
Dentro de los limites urbanizados y urbanizables de las poblaciones, las empresas de vías generales de comunicación no podrán poner obstáculo de ningún género que impida o estorbe en cualquier forma o que moleste el uso público de las calles, calzadas o plazas, a juicio de las autoridades locales. En ningún caso se autorizará la construcción de estaciones radiodifusoras dentro de los limites de las poblaciones, salvo lo dispuesto en las convenciones internacionales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo busca proteger la convivencia urbana. La prohibicion de estaciones radiodifusoras es muy especifica y relacionada con comunicaciones electronicas. Las autoridades locales tienen peso importante en estas decisiones.
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