LVGC

Artículo 384. Curso gratuito y preferente de mensajes

Concesionarios y permisionarios de comunicaciones electricas deben dar curso gratuito y preferente a mensajes de auxilio de embarcaciones y aeronaves, mensajes de autoridades sobre seguridad nacional, y otros especificados en reglamentos. Prioriza la seguridad y el interes publico.

obligaciones concesionariosservicios prioritariosauxilioseguridad nacional

Texto Legal

Los concesionarios y permisionarios de comunicaciones eléctricas están obligados a dar curso gratuito y preferente:

I.- A los mensajes relativos a embarcaciones y aeronaves que soliciten auxilio;

II.- A los mensajes de cualquier autoridad, que se relacionen con la seguridad o defensa del territorio nacional, a la conservación del orden o a cualquiera calamidad pública.

III.- A los mensajes a que se refiere el artículo 23 de la Ley Orgánica de los artículos 103 y 107 de la Constitución Federal, tratándose de instalaciones telegráficas, telefónicas y de radiocomunicación distintas de las enumeradas en el Capítulo VI de este Libro, y

IV.- A las comunicaciones que señalen los reglamentos especiales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta norma impone obligaciones importantes a concesionarios: deben atender gratuitamente ciertos mensajes prioritarios. Los operadores deben establecer sistemas de identificacion y priorizacion para cumplir. El incumplimiento puede resultar en sanciones administrativas o revocacion de concesiones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 384 del LVGC?

Concesionarios y permisionarios de comunicaciones electricas deben dar curso gratuito y preferente a mensajes de auxilio de embarcaciones y aeronaves, mensajes de autoridades sobre seguridad nacional, y otros especificados en reglamentos. Prioriza la seguridad y el interes publico.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 384 de la LEY de Vías Generales de Comunicación?

Esta norma impone obligaciones importantes a concesionarios: deben atender gratuitamente ciertos mensajes prioritarios. Los operadores deben establecer sistemas de identificacion y priorizacion para cumplir. El incumplimiento puede resultar en sanciones administrativas o revocacion de concesiones.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 384 del LVGC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 384 LVGC desde tu celular