En casos de error, alteracion o demora en mensajes del servicio internacional, la responsabilidad de la oficina mexicana se limita a irregularidades ocurridas en su jurisdiccion. Para problemas en lineas extranjeras, se aplican Convenciones Internacionales y convenios con empresas extranjeras.
En casos de error, alteración o demora en la transmisión de mensajes del servicio internacional, la oficina mexicana será responsable cuando esas irregularidades hubieren ocurrido en su jurisdicción. Si acontecieran en líneas extranjeras, el caso se regirá por las Convenciones Internacionales y por los convenios celebrados con las empresas extranjeras.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta norma es crucial para entender la distribucion de responsabilidad en operaciones transfronterizas. La responsabilidad se segmenta geograficamente, lo que puede complicar reclamos internacionales. Abogados que litiguen casos de comunicaciones internacionales deben identificar donde ocurrio la falla para determinar la jurisdiccion aplicable.
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