LVGC

Artículo 219. Articulo derogado despacho embarcaciones

Articulo derogado mediante reforma publicada en el Diario Oficial de la Federacion el 04 de enero de 1994. Pertenecia al capitulo VII sobre despacho de embarcaciones. Sin vigencia legal actual.

derogaciondespacho embarcacionesprocedimientos portuariosreforma 1994

Texto Legal

(Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo fue derogado hace mas de 30 anos. Regulaba procedimientos de despacho de embarcaciones ahora probablemente regulados por la Ley de Navegacion y normas administrativas vigentes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 219 del LVGC?

Articulo derogado mediante reforma publicada en el Diario Oficial de la Federacion el 04 de enero de 1994. Pertenecia al capitulo VII sobre despacho de embarcaciones. Sin vigencia legal actual.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 219 de la LEY de Vías Generales de Comunicación?

Este articulo fue derogado hace mas de 30 anos. Regulaba procedimientos de despacho de embarcaciones ahora probablemente regulados por la Ley de Navegacion y normas administrativas vigentes.

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