Articulo derogado mediante reforma publicada en el Diario Oficial de la Federacion el 04 de enero de 1994. Pertenecia al capitulo VII sobre despacho de embarcaciones. Sin vigencia legal actual.
(Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo fue derogado hace mas de 30 anos. Regulaba procedimientos de despacho de embarcaciones ahora probablemente regulados por la Ley de Navegacion y normas administrativas vigentes.
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