Interesados en obtener concesion o asignacion para vias de comunicacion presentaran solicitud a la Secretaria de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes acompanada de estudios requeridos.
Las personas interesadas en obtener una concesión, asignación o permiso para construir, establecer o explotar vías generales de comunicación, deberán presentar una solicitud a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes de conformidad con los preceptos de esta Ley y sus reglamentos, acompañándola de los estudios a que se refiere el artículo 8o. Artículo reformado DOF 09-04-2012, 16-07-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Paso inicial del procedimiento de concesion. Reforma de 2025 actualiza referencia a Secretaria. Estudios deben cumplir normatividad ambiental. Revisar reglamentos especificos para requisitos detallados por tipo de via.
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Art. 13. Entrada vigor ley comunicacion
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Art. 15. Procedimiento otorgamiento concesion
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