LVGC

Artículo 121. Obligaciones de inspección y confidencialidad

Las empresas de vias generales de comunicacion deben proporcionar a inspectores de la SICT todos los informes, documentos y acceso a instalaciones necesarios. Los datos obtenidos son estrictamente confidenciales y solo se compartiran con la SICT.

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Texto Legal

Las empresas de vías generales de comunicación están obligadas igualmente a proporcionar a los inspectores de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes debidamente acreditados, todos los informes o datos que sean necesarios para llenar su cometido; a mostrarles planos, expedientes, estudios, guías, libros de actas, de contabilidad, auxiliares y todos los documentos concernientes a la situación material, económica y financiera de esas empresas, sin limitación ni restricción alguna, así como a darles acceso a sus oficinas, almacenes, bodegas, talleres y demás dependencias. Todos los datos que los inspectores obtengan serán estrictamente confidenciales y sólo los darán a conocer a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes. Artículo reformado DOF 09-04-2012, 16-07-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo establece un deber fundamental de colaboracion entre empresas y autoridad reguladora. Los contadores deben asegurar que toda documentacion financiera, contable y operativa este disponible para inspecciones sin restriccion. La confidencialidad garantiza proteccion contra divulgacion a terceros no autorizados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 121 del LVGC?

Las empresas de vias generales de comunicacion deben proporcionar a inspectores de la SICT todos los informes, documentos y acceso a instalaciones necesarios. Los datos obtenidos son estrictamente confidenciales y solo se compartiran con la SICT.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 121 de la LEY de Vías Generales de Comunicación?

Este articulo establece un deber fundamental de colaboracion entre empresas y autoridad reguladora. Los contadores deben asegurar que toda documentacion financiera, contable y operativa este disponible para inspecciones sin restriccion. La confidencialidad garantiza proteccion contra divulgacion a terceros no autorizados.

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