Las uniones deben notificar a la Comisión al menos 30 días antes de abrir, cambiar o cerrar oficinas, salvo en el caso de cambios de domicilio social que requieren autorización previa.
Las uniones deberán dar aviso a la Comisión por lo menos con treinta días de anticipación a la apertura, cambio de ubicación y clausura de cualquier clase de oficinas en el país, excepto cuando se trate del cambio de domicilio social, del cual se requerirá autorización previa de la Comisión.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las uniones deben establecer un procedimiento interno para asegurar que se cumpla con este aviso, evitando así sanciones o problemas operativos.
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