LUC

Artículo 74. Valuacion de activos y obligaciones reglas

La Comision fija reglas maximas para valuacion de activos y minimas para obligaciones y responsabilidades de las uniones, procurando valuacion adecuada en contabilidad.

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Texto Legal

La Comisión fijará las reglas máximas para la estimación de los activos de las uniones y las reglas mínimas para la determinación de sus obligaciones y responsabilidades, en aras de procurar la adecuada valuación de dichos conceptos en la contabilidad de las uniones.

CAPITULO II De la inspección y vigilancia

LEY DE UNIONES DE CRÉDITO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Fundamental para consistencia contable entre uniones. La Comision publica disposiciones de caracter general que establecen criterios; el cumplimiento es obligatorio y auditado, afectando solvencia y capital contable reportado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 74 del LUC?

La Comision fija reglas maximas para valuacion de activos y minimas para obligaciones y responsabilidades de las uniones, procurando valuacion adecuada en contabilidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 74 de la LEY de Uniones de Crédito?

Fundamental para consistencia contable entre uniones. La Comision publica disposiciones de caracter general que establecen criterios; el cumplimiento es obligatorio y auditado, afectando solvencia y capital contable reportado.

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