LUC

Artículo 125. Operaciones sin autorización

Las personas que realicen operaciones reservadas para uniones sin autorización enfrentarán penas severas. Esto protege la integridad del sistema financiero.

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Texto Legal

Serán sancionados con penas de prisión de tres a quince años y multa hasta de cien mil días de salario, las personas físicas, consejeros, directivos o administradores de personas morales que lleven a cabo operaciones de las reservadas para las uniones de crédito, sin contar con las autorizaciones previstas en la ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental que las uniones verifiquen que todas sus operaciones estén debidamente autorizadas para evitar sanciones que pueden incluir prisión.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 125 del LUC?

Las personas que realicen operaciones reservadas para uniones sin autorización enfrentarán penas severas. Esto protege la integridad del sistema financiero.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 125 de la LEY de Uniones de Crédito?

Es fundamental que las uniones verifiquen que todas sus operaciones estén debidamente autorizadas para evitar sanciones que pueden incluir prisión.

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