Los directivos que inciten a otros a cometer delitos relacionados con la omisión de registros serán sancionados con penas aumentadas. Esto busca mantener la responsabilidad en la gestión.
Los consejeros, directores o gerentes generales y demás directivos, comisarios, empleados o accionistas que inciten u ordenen a directivos o empleados de la unión a la comisión de los delitos que se refieren en los artículos 121 y 122 fracción II, serán sancionados hasta en una mitad más de las penas previstas en los artículos respectivos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las uniones deben fomentar una cultura de cumplimiento y ética, ya que la incitación a cometer delitos puede resultar en sanciones más severas para los directivos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo