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Artículo 35. Ejercicio facultades titularidad Tesoreria

La Secretaria por conducto de la Tesoreria ejerce facultades de titularidad de acciones, partes sociales y derechos patrimoniales incluidos dividendos, utilidades y venta de valores.

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Texto Legal

La Secretaría, por conducto de la Tesorería, ejercerá las facultades que impliquen la titularidad de las acciones, partes sociales o los documentos que acrediten los derechos patrimoniales respecto de los valores a que se refiere esta Sección, en los términos que establezca el Reglamento.

Para efectos de esta Ley, se entiende que los derechos patrimoniales incluyen los aumentos o reducción al capital social de las personas morales, la recaudación de los dividendos, utilidades, intereses, remanentes o cuotas de liquidación, así como la reinversión de las utilidades que resulten de las inversiones financieras del Gobierno Federal y, en su caso, el monto que se obtenga por la venta de dichos valores.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La Tesoreria ostenta la titularidad juridica de valores federales y sus derechos patrimoniales. Esto incluye capacidad de decisión sobre reinversion de utilidades. Contadores deben entender esta cadena: dependencias coordinadoras informan, Tesoreria ejerce derechos y recauda ingresos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 35 del LTF?

La Secretaria por conducto de la Tesoreria ejerce facultades de titularidad de acciones, partes sociales y derechos patrimoniales incluidos dividendos, utilidades y venta de valores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 35 de la LEY de Tesorería?

La Tesoreria ostenta la titularidad juridica de valores federales y sus derechos patrimoniales. Esto incluye capacidad de decisión sobre reinversion de utilidades. Contadores deben entender esta cadena: dependencias coordinadoras informan, Tesoreria ejerce derechos y recauda ingresos.

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