Revocada autorizacion, se inicia liquidacion bajo vigilancia de Secretaria mediante comite liquidador tripartito con representantes sociedad, acreedores y Secretaria.
Revocada la autorización de funcionamiento, se iniciará el procedimiento de liquidación, bajo la vigilancia de la Secretaría que corresponda.
La Secretaría respectiva integrará un comité liquidador compuesto de tres miembros: uno de ellos por parte de la sociedad; otro por los acreedores y, el tercero, por parte de la Secretaría.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Proceso formal que protege derechos de acreedores y socios. Composicion tripartita busca imparcialidad; asegura que sociedad no controle enteramente liquidacion. Documenta todo inventario y acuerdos de comite; el registro nacional de liquidacion crea constancia oficial.
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