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Artículo 36. Estimulos franquicias subsidios ejecutivo federal

Ejecutivo federal otorga discrecionalmente estimulos, franquicias o subsidios; autoridades asesoran gratuitamente; receptores deben rendir cuentas transparencia y registro ante Secretaria.

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Texto Legal

El Ejecutivo Federal, a través de sus dependencias y mediante disposiciones de carácter concreto para cada sociedad, podrá otorgar, discrecionalmente, los estímulos, franquicias o subsidios necesarios para su eficaz funcionamiento, dichos apoyos, podrán ser revocados o cancelados cuando las causas que los motivaron desaparezcan, a juicio fundado de los otorgantes. Párrafo reformado DOF 24-04-2018

Las autoridades federales y los organismos creados por la Federación para la promoción y fomento de la industrialización, transformación y comercialización, deberán asesorar gratuitamente a las sociedades de solidaridad social, cuando sean requeridos para ello. LEY DE SOCIEDADES DE SOLIDARIDAD SOCIAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 24-04-2018 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

En caso, de recibir estímulos, franquicias o subsidios las sociedades deben sujetarse a las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables en la materia, así como informar sobre su uso y resultados derivados de los mismos a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, la cual llevará para estos fines un registro de las sociedades constituidas y de aquellas que reciban estímulos, franquicias o subsidios públicos para el fomento de sus actividades, garantizando así la transparencia y rendición de cuentas sobre acciones y recursos públicos. Párrafo adicionado DOF 24-04-2018

Para dichos fines la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano se allegará del Registro Agrario Nacional. Párrafo adicionado DOF 24-04-2018

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Reforma 2018 anade obligaciones transparencia y registro. Beneficiarios deben cumplir disposiciones aplicables y reportar uso y resultados. Establece precedente documentado que Secretaria requiere evaluaciones periodicas; subsidios pueden revocarse si causas desaparecen.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 36 del 71_240418?

Ejecutivo federal otorga discrecionalmente estimulos, franquicias o subsidios; autoridades asesoran gratuitamente; receptores deben rendir cuentas transparencia y registro ante Secretaria.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 36 de la LEY de Sociedades de Solidaridad Social?

Reforma 2018 anade obligaciones transparencia y registro. Beneficiarios deben cumplir disposiciones aplicables y reportar uso y resultados. Establece precedente documentado que Secretaria requiere evaluaciones periodicas; subsidios pueden revocarse si causas desaparecen.

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