Fondo solidaridad social se integra con porcion utilidades que socios acuerden aportar y donativos de instituciones oficiales y terceros.
El fondo de solidaridad social se integra con la parte proporcional de las utilidades obtenidas que acuerden los socios aportar al mismo, así como con los donativos que para dicho fin se reciban de las Instituciones Oficiales y de personas físicas o morales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Fondo diferenciado del patrimonio general con destino social especifico. Su constitucion es obligatoria; socios acuerdan porcentaje utilidades que se destinen. Requiere contabilidad separada y monitoreo del comite financiero para rastrabilidad completa de movimientos.
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