El Banco de Mexico puede sancionar con multas a quienes administren procedimientos de compensacion que no presenten la informacion requerida.
El Banco de México podrá sancionar con multa de 500 a 2,000 veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, a quienes administren u operen acuerdos o procedimientos que tengan por objeto la compensación o liquidación de obligaciones de pago derivadas de órdenes de transferencia de fondos o valores, en los que participen, directa o indirectamente, tres o más instituciones financieras, que omitan presentar la información que el Banco de México les solicite en términos de lo previsto en el segundo párrafo de la fracción II del artículo 3o. de esta Ley, o bien la presenten extemporáneamente, de manera imprecisa o incompleta.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La presentacion oportuna de la informacion es crucial para evitar multas. Los administradores deben establecer recordatorios y procedimientos claros para cumplir con esta obligacion.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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