LSP

Artículo 19. Supervision del Banco de Mexico

El Banco de Mexico tiene la responsabilidad de supervisar y vigilar a los Administradores de los Sistemas de Pagos para asegurar su correcto funcionamiento y cumplimiento de la ley.

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Texto Legal

El Banco de México, con base en la información que, al efecto, se le presente de conformidad con lo dispuesto en esta Ley, ejercerá funciones de supervisión y vigilancia de los

LEY DE SISTEMAS DE PAGOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Administradores de los Sistemas y de los Sistemas de Pagos, a fin de procurar su correcto funcionamiento.

La supervisión que se ejerza respecto a los Sistemas de Pagos tendrá por objeto evaluar los riesgos a que éstos estén sujetos, sus sistemas de control y los mecanismos que hayan adoptado para el caso de incumplimiento, así como la calidad de su administración. Lo anterior, a fin de que tales Sistemas de Pagos se ajusten a las disposiciones de esta Ley, a las que, en su caso, el propio Banco de México expida, así como a los usos y sanas prácticas de los sistemas de pagos y, en general, de los mercados financieros.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La supervision del Banco de Mexico es un aspecto fundamental para la estabilidad del sistema financiero. Los administradores deben estar preparados para cumplir con los requerimientos de informacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 19 del LSP?

El Banco de Mexico tiene la responsabilidad de supervisar y vigilar a los Administradores de los Sistemas de Pagos para asegurar su correcto funcionamiento y cumplimiento de la ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 19 de la LEY de Sistemas de Pagos?

La supervision del Banco de Mexico es un aspecto fundamental para la estabilidad del sistema financiero. Los administradores deben estar preparados para cumplir con los requerimientos de informacion.

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