LSN

Artículo 73. Supervisión de Cumplimiento de Agentes Extranjeros

El Gobierno de México supervisa en todo momento el cumplimiento de agentes extranjeros de obligaciones legales y de convenios. Ante incumplimiento, solicitará retiro del gobierno acreditante e impondrá sanciones según leyes mexicanas.

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Texto Legal

El Gobierno de México supervisará, en todo momento, el cumplimiento por parte de los Agentes Extranjeros de las obligaciones legales y de aquellas que deriven de los convenios bilaterales suscritos por el Estado mexicano en materia de seguridad y que contribuyan a preservar la Seguridad Nacional.

Cuando a juicio de las autoridades mexicanas un agente extranjero incumpla con las disposiciones generales y específicas que le resulten aplicables, el Gobierno de México solicitará su retiro al gobierno del Estado acreditante y quedará sujeto a las sanciones que resulten aplicables en términos de las leyes mexicanas. Artículo adicionado DOF 18-12-2020

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo establece el poder de policia de Mexico sobre agentes extranjeros. La solicitud de retiro es vinculante para el gobierno acreditante bajo derecho internacional. Cualquier incumplimiento documentado puede resultar en sanciones civiles o penales. Las autoridades deben mantener registros de cumplimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 73 del LSN?

El Gobierno de México supervisa en todo momento el cumplimiento de agentes extranjeros de obligaciones legales y de convenios. Ante incumplimiento, solicitará retiro del gobierno acreditante e impondrá sanciones según leyes mexicanas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 73 de la LEY de Seguridad Nacional?

Este articulo establece el poder de policia de Mexico sobre agentes extranjeros. La solicitud de retiro es vinculante para el gobierno acreditante bajo derecho internacional. Cualquier incumplimiento documentado puede resultar en sanciones civiles o penales. Las autoridades deben mantener registros de cumplimiento.

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