La Comision puede solicitar informes concretos, conocer la Agenda de Riesgos, informes de actividades, acuerdos de cooperacion, auditorias y hacer recomendaciones al Consejo.
La Comisión Bicamaral tendrá las siguientes atribuciones:
I. Solicitar informes concretos al Centro, cuando se discuta una ley o se estudie un asunto concerniente a su ramo o actividades;
II. Conocer el proyecto anual de la Agenda Nacional de Riesgos y emitir opinión al respecto;
III. Conocer el informe a que hace referencia el artículo 58 de esta Ley;
IV. Conocer los reportes de actividades que envíe el Director General del Centro al Secretario Ejecutivo;
V. Conocer los informes generales de cumplimiento de las directrices que dé por escrito el Secretario Ejecutivo al Director General del Centro;
VI. Conocer de los Acuerdos de Cooperación que establezca el Centro y las Acciones que realicen en cumplimiento de esos Acuerdos;
VII. Requerir al Centro y a las instancias correspondientes los resultados de las revisiones, auditorías y procedimientos que se practiquen a dicha institución;
VIII. Enviar al Consejo cualquier recomendación que considere apropiada, y
IX. Las demás que le otorgue otras disposiciones legales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las atribuciones son amplias pero requieren que el Centro responda. La capacidad de citar al Secretario Tecnico y solicitar auditorias proporciona palancas importantes para supervision. Sin embargo, la informacion reservada que pueden conocer esta limitada.
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