LSN

Artículo 46. Obligaciones de proveedores de servicios

Empresas de comunicaciones deben conceder facilidades y acatar resoluciones judiciales que autoricen actividades de intervencion.

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Texto Legal

Las empresas que provean o presten servicios de comunicación de cualquier tipo, están obligadas a conceder todas las facilidades y acatar las resoluciones por las que se autoricen las actividades materia del presente Título.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta disposicion es operativa para empresas de telecomunicaciones y proveedores de internet. Deben establecer procedimientos internos para cumplir rapidamente con ordenes judiciales autenticadas del Centro.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 46 del LSN?

Empresas de comunicaciones deben conceder facilidades y acatar resoluciones judiciales que autoricen actividades de intervencion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 46 de la LEY de Seguridad Nacional?

Esta disposicion es operativa para empresas de telecomunicaciones y proveedores de internet. Deben establecer procedimientos internos para cumplir rapidamente con ordenes judiciales autenticadas del Centro.

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